28 diciembre 2005

Homologar una chica en el parachoques

No es habitual, pero estamos casi seguros de que nadie en la ITV se va a preocupar por este tipo de reforma.

Como podeis ver en la fotografía, lo más importante es una correcta sujección al chasis.

También es importante asegurarnos de colocar algún elemento que impida que haga ruidos extraños. Esto último es habitual si circulamos a altas velocidades, sobre todo si lo hacemos en dirección contraria al resto de los vehículos.

Para garantizar la durabilidad del elemento, es conveniente llevarlo un poco más tapado que el que vemos en la fotografía, y en verano rociarla bien con algún espray anti-mosquitos, pero eso va en gustos....

Eso, y feliz día de los inocentes...... jejejejeje...
(y si alguien no entiende que esto es una broma, que se lo haga mirar por un especialista...)

23 diciembre 2005

Feliz Navidad

Lo primero, os deseamos una Feliz Navidad.

En segundo lugar, queremos comunicaros que ya están disponibles en nuestra web las nuevas fotografías de los últimos clientes que han homologado sus coches en AGERMOVIL.

Por último dejar constancia de que no nos vamos por navidad. Seguiremos aquí, tal vez a un ritmo menor de lo habitual, pero al pie del cañón.

Un saludo y que el año nuevo nos traiga mucho tuning y muchas sorpresas agradables a todos.

14 diciembre 2005

SEMA SHOW 2005

Depués de un largo parón, retomamos este weblog:

Ya tenemos en nuestra página algunas fotografías del SEMA SHOW 2005.
Galería en AGERMOVIL.

Para ver una galería con todas las fotos, podeis mirar esta página:
SEMAPHOTOS

Un saludo.

02 noviembre 2005

Suspension neumatica

Parece que hay algunas dudas respecto a la instalación y homologación de suspensiones neumáticas.

Para empezar, una cosa clara: SI. Si que se pueden homologar las suspensiones neumáticas. Pero tienen que confirmarse ciertas condiciones.

La primera condición es que la suspensión sea adecuada para el vehículo. Esto implica comprar unas suspensiones neumáticas de una marca conocida que nos garantice una buena calidad y una sencilla instalación.

La segunda condición es que la instalación sea correcta. Y esto quiere decir que la instalación debe hacerla un taller autorizado (os recuerdo que necesitareis el certificado de taller para pasar la homologación).

La tercera es que deben mantenerse las condiciones de seguridad del vehículo. Aquí hay que resaltar una norma que muy poca gente conoce pero que es MUY IMPORTANTE: la instalación de una suspensión neumática debe hacerse de tal forma que si las balonas se deshinchan del todo, las ruedas no queden bloqueadas por la carrocería. Resumiendo, las ruedas deben poder girar pase lo que le pase a la suspensión neumática.

La homologación de una suspensión neumática, cumpliendo las anteriores condiciones, es sencilla.

Para finalizar os recomendamos que visiteis AGERMOVIL, donde hemos incluido una referencia a NIBBELTEC, uno de los principales distribuidores del pais en sistemas de suspensión neumática.

Esperamos haberos sido de ayuda. Poneos en contacto con nosotros si teneis dudas.

26 octubre 2005

Fotos de Miranda de Ebro

Ya hemos colgado en nuestro sitio web una galería de fotos de la concentración tuning de Miranda de Ebro.
¡Y esta vez viene calentita!
Estais todos invitados a visitarla.

Un saludo.

21 octubre 2005

Nos vemos en Miranda

Nos vemos en Miranda de Ebro este fin de semana.

20 octubre 2005

Las reformas de importancia

Para aquellos curiosos que quieren saber cuales son todas las reformas tipificadas por la ley, aquí está la lista:

  1. La sustitución del motor por otro de distinta marca y/o tipo
  2. Modificación del motor que produzca una variación de sus características mecánicas o termodinámicas, que den lugar a la consideración del vehículo como de un nuevo tipo, según se define para cada categoría, en los anexos del Real Decreto 2140/1985, de 9 de octubre, sobre homologación del tipo de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, y en la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 10 de julio de 1984, sobre homologación de ciclomotores
  3. Cambio de emplazamiento del motor
  4. Modificación del sistema de alimentación de carburante que permita sustituir el que normalmente se emplea en el vehículo por otro de diferentes características, o utilizar uno u otro, indistintamente
  5. Cambio de sistema de frenado
  6. Incorporación de un ralentizador o de un freno motor.
  7. Sustitución de caja de velocidades de mando manual por otra automática o semiautomática o viceversa, o por otra caja de distinto número de relaciones (marchas).
  8. Adaptaciones para la utilización por personas discapacitadas con modificación de mandos y/o elementos que afecten a la seguridad.
  9. Modificación del sistema de suspensión
  10. Modificación del sistema de dirección
  11. Montaje de separadores o ruedas de especificaciones distintas a las originales.
  12. (QUEDA SIN CONTENIDO)
  13. Montaje de ejes supletorios o sustitución de ejes "tandem" por "tridem", o viceversa
  14. Sustitución total o parcial del bastidor o de la estructura autoportante, cuando la parte sustituida sea la que lleva grabado el número de bastidor.
  15. Reforma del bastidor o de la estructura autoportante, cuando origine modificación en sus dimensiones o en sus características mecánicas, o sustitución total de la carrocería por otra de características diferentes.
  16. Modificaciones de distancia entre ejes o de voladizo.
  17. Aumento del peso técnico máximo admisible (PTMA).
  18. Variación del número de asientos no incluida en la homologación de tipo y, en su caso, del número de plazas de pie.
  19. Transformación de un vehículo para el transporte de personas en vehículo para transporte de cosas o viceversa.
  20. Transformación de un camión cualquiera a camión-volquete, camión-cisterna, camión-hormigonera o portavehículos
  21. Transformación a vehículo autoescuela
  22. Transformación a vehículo blindado
  23. Modificación de las dimensiones exteriores de la cabina de un camión o su elevación, o de su emplazamiento
  24. Elevación del techo cuando la carrocería esté montada sobre un autobastidor
  25. Transformaciones que afecten a la resistencia de las carrocerías o a su acondicionamiento interior, tales como a ambulancia, funerario, autocaravana o techo elevado en el caso de carrocería autoportante
  26. Incorporación de dispositivos para remolcar (gancho, bola o quinta rueda).
  27. Incorporación de elevadores hidráulicos o eléctricos para carga de mercancías
  28. Modificaciones del techo (entero, convertible).
  29. Adición de proyectores de luz de carretera.
  30. Sustitución del volante original por otro de menores dimensiones, cuando la diferencia entre los diámetros exteriores de ambos sea mayor del 10 por 100 del diámetro del primero
  31. Uso de conjuntos funcionales adaptables ("kits") que impliquen una de las reformas antes citadas.
  32. Sustitución del o de los depósitos de carburante liquido y/o la adición de depósito(s) auxiliar (es).
  33. Incorporación de rampas, elevadores o sistemas de otra naturaleza para facilitar el acceso o salida de personas
  34. Incorporación de rampas, elevadores o sistemas de otra naturaleza para facilitar la carga y descarga de mercancías
  35. Incorporación de mecanismos para la tracción del vehículo distintos de sus propios medios de propulsión o para la tracción de otro vehículo
  36. Sustitución de asientos del vehículo por espacio y medios de sujeción de las sillas de ruedas para personas de movilidad reducida
  37. Sustitución de un eje por otro de distintas características
  38. Sustitución de los asientos de un vehículo con nueve plazas como máximo, incluido el conductor, por otros no incluidos en la homologación de tipo
  39. Instalación, en los tractores agrícolas o forestales, de una estructura de protección del conductor no incluida en la homologación de tipo
  40. Instalación de forma permanente, en los tractores agrícolas o forestales, de dispositivos o máquinas auxiliares para el trabajo. (Pala excavadora o cargadora, vibrador, perforadora, grúa, etc.).
  41. Instalación en los tractores agrícolas o forestales de mando de frenado para el vehículo remolcado no incluido en la homologación de tipo.
  42. Transformación de un vehículo de las categorías N y O que estuviera preparado para una aplicación determinada, en otra aplicación que requiera modificaciones en su estructura o carrozado
  43. La sustitución del motor por otro que corresponda a una variante diferente, según se define en el Real Decreto 2140/1985
  44. Reformas que impliquen cambio en la categoría o tipo del vehículo, según se define en las Directivas 70/156/CEE, 74/150/CEE y 92/61/CEE o en el Real Decreto 2140/1985
  45. La sustitución de neumáticos incluidos en la homologación de tipo del vehículo por otros que no cumplan los siguientes criterios de equivalencia:
    • Índice de capacidad de carga igual o superior
    • Código de categoría de velocidad igual o superior
    • Igual diámetro exterior con una tolerancia de > 3 por 100.
    • Que el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático
    Por lo que queda sin contenido la reforma número 12
  46. Cambio de algunas de las características en la tarjeta ITV del vehículo y no incluida en los casos anteriores

El resto de las reformas no tendrán consideración de tales, salvo que afecten de forma importante a la seguridad vial o medio ambiente, en cuyo caso, el Organo de la Administración competente en materia de industria lo pondrá en conocimiento del Centro Directivo del Ministerio de Industria y Energía competente en materia de normalización y reglamentación, a efectos de su posible tipificación como nuevas reformas.

17 octubre 2005

Seguimos aquí

Llevamos 2 semanas sin actualizar este weblog. No hemos desaparecido, no. Todo lo contrario. Han sido dos semanas de trabajo tan intenso que no hemos podido escribir nada aquí.
Continuamos muy pronto... no dejeis de visitarnos.

30 septiembre 2005

Guardad la documentación

Vale, el tema no es muy técnico que digamos, pero viene a cuento de un problemilla que acabamos de tener.

Nuestro cliente acaba de hacer una reforma en la que ha sustituido el motor, los frenos y los muelles. El motor no tiene problema: puede ser un motor nuevo o un motor usado. Al fin y al cabo no es probable que tengas un accidente muy grave porque el motor deje de funcionar.
Pero los frenos y los muelles deben ser obligatoriamente nuevos, porque si fallan el accidente puede ser muy grave. Está totalmente prohibido sustituir los muelles o frenos originales por piezas usadas.

El problema viene cuando en la ITV te piden que demuestres que esas piezas son nuevas y ya no tienes las facturas de compra, perdiste los certificados del fabricante, la documentación se la quedaron en el taller, las cajas con los números de serie acabaron en la basura un minuto después de desembalar...

Las gestiones de nuestro cliente para conseguir estos documentos de nuevo está siendo una pequeña odisea, con el consiguiente retraso en todas las gestiones.
Se que es una "perogrullada", pero para el tuning (y para cualquier otra compra que hagais) guardad la documentación, las facturas, los manuales, etc... porque en AGERMOVIL podemos solucionaros muchos problemas de la homologación, pero no podemos inventarnos una factura, ni un número de serie.

Basta con ser un poco ordenado para no tener este tipo de problemas.

Gracias por guardar la documentación.

AGERMOVIL

27 septiembre 2005

No hace falta homologar....

TUBOS DE ESCAPE Y SILENCIOSOS
Estos elementos deben traer su propia homologación de tipo, gestionada por el fabricante, por lo que no es necesario volver a homologarlos.
Un tubo de escape debe disponer de documentación donde figuren los vehículos en los que se puede instalar. Además deberá presentar grabado en el propio elemento el código de homologación europea que le ha sido asignado, la marca y el modelo.

¿Existe la homologación "genérica"?
No. No existe ninguna homologación de tipo válida que permita la instalación "en cualquier vehículo".

¿Qué ocurre si instalo varios tubos de escape?
En este caso el silencioso los tubos deben instalarse a continuación del silencioso original o a continuación de un silencioso homologado.

ÓPTICAS Y PILOTOS
Al igual que los tubos de escape, estos elementos deben disponer de su propia homologación de tipo, por lo que no es necesario realizar otra homologación. También deberan presentar los códigos de homologación grabados en el cristal o en otra parte del elemento.

¿Debo homologar los faros si hay que modificar la carrocería para instalarlos?
Tendrás que homologar la reforma de carrocería como una reforma de importancia, pero los faros deben estar homologados como hemos señalado en el párrafo anterior, por lo que no necesitarán una nueva homologación.

Para más información puedes leer nuestro artículo en AGERMOVIL

RETROVISORES
Se aplica exáctamente lo mismo que lo señalado en ópticas y pilotos.

LAMINAS SOLARES - TINTADO DE CRISTALES
Deben tener homologación propia y estar instalados por un taller autorizado.

MATRÍCULA PEQUEÑA
Ya lo hemos indicado en otro post. La matrícula delantera ordinaria ya está homologada, por lo que no necesita homologación. Consulta este artículo para más información.

Esperamos haber aclarado alguna duda.

Un saludo

AGERMOVIL

23 septiembre 2005

MaxiTuning Show Montmeló

Nos vamos al 7º MaxiTuning Show Montmeló.
Nada más que decir porque no hay tiempo.

Nos vemos

AGERMOVIL

22 septiembre 2005

Asientos y "baquets"

Para empezar fuerte: Un ingeniero no puede homologar un asiento firmando un papel. Y esto es así porque la homologación de un asiento implica una serie de pruebas y tests complejos y caros. Algunas de estas pruebas implican la destrucción del asiento, así que la homologación la tiene que hacer el fabricante en colaboración con un laboratorio.

¿Entonces que hacen los homologadores?
Los ingenieros homologamos la instalación del asiento comprobando que la fijación es correcta y que el asiento tiene su propia homologación o el permiso del fabricante del vehículo.

Y por la última afirmación se puede deducir una cosa muy importante: para poder instalar un asiento, este debe venir homologado por el fabricante o se debe tener un permiso expreso del fabricante del vehículo.


¿Cómo saber si un asiento está homologado?
Todo asiento homologado debe presentar una etiqueta cosida al propio asiento en la que aparezca la marca, el modelo y el código de homologación que le ha sido asignado. (ver foto)

Mi asiento no está homologado ¿Cómo consigo una autorización del fabricante?
Dirígete a un concesionario importante de la marca de tu vehículo (uno importante para que haya gente dedicada a estos papeleos) y pregúntales.

Todas estas comprobaciones hay que hacerlas antes de comprarse los asientos. Después será tarde, probablemente.

Esperamos haber sido de ayuda.

Un saludo

AGERMOVIL

20 septiembre 2005

Papeleos

Una de las principales dificultades con que se encuentra el aficionado al tuning a la hora de realizar la homologación de sus reformas, es el desconocimento del procedimiento burocrático.

En general solo necesitas tres documentos: certificado de taller, proyecto técnico y dictamen de laboratorio.

CERTIFICADO DE TALLER
El certificado de taller debe dártelo (evidentemente) un taller autorizado. Normalmente te lo dará el taller que te ha hecho la reforma, pero si por cualquier razón no pudiera dártelo, tendrás que ir a "mendigar" un certificado a otro taller que quiera hacértelo. Este documento es imprescindible, por lo que debes pedirlo siempre que hagas una reforma de importancia.
¿Cómo sabes si un taller está autorizado?
Un taller autorizado tiene en la puerta una placa que indica el tipo de trabajos que puede realizar, y muestra una serie de números. Estos números son los números de registro industrial y número de registro especial de taller. Si el taller dispone de por lo menos uno de los dos números, estará autorizado por industria a hacer reformas y certificados de taller.

PROYECTO TÉCNICO
Es un documento realizado por un ingeniero, donde se justifica la viabilidad del proyecto. De esto nos encargamos en AGERMOVIL.

DICTAMEN DE LABORATORIO
Este documento lo extiende un laboratorio autorizado, y en el se aprueba la reforma realizada. En AGERMOVIL te tramitamos este dictamen automáticamente, y los costes están incluidos en el precio.

Otros posibles documentos son los siguientes:

AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE
En caso de instalar piezas del propio fabricante del vehículo, se puede pedir una autorización del fabricante para instalarlo. Esta autorización sustituye al dictamen del laboratorio, pero todavía es necesario un proyecto técnico y un certificado de taller para homologar la reforma.

HOMOLOGACIONES DE TIPO y AUTORIZACIONES DE REFORMA GENERALIZADA
En algunos casos, las piezas vienen ya homologadas por el fabricante. En este caso no es necesaria la intervención de un homologador, pero no te olvides de llevar la documentación de las piezas a la ITV y el certificado del taller que te lo ha montado.

Esperamos haber aclarado algunas dudas.

Un saludo.

AGERMOVIL

16 septiembre 2005

Palas (splitters, espadas,...)


EXTREMADAMENTE IMPORTANTE : NO SE PUEDEN HOMOLOGAR ELEMENTOS QUE SOBRESALGAN POR DELANTE DEL PARACHOQUES DELANTERO

Por supuesto, esto incluye todos los añadidos por debajo del paragolpes: los llamados splitter, espadas o palas. El hecho de que a estos elementos, en algunos ambientes se les conozca como "rompetobillos" puede explicar el hecho de que estén prohibidos...

Así de sencillo. Si compras un paragolpes y la parte inferior sobresale más que la superior, aunque solo sea un centímetro, ya sabes que no vas a poder homologarlo.

Por si te queda alguna duda, aquí te pongo algún ejemplo de lo que no se debe instalar en un coche que pretenda circular por la vía pública.



12 septiembre 2005

Entradas de aire

Hoy, como es lunes, una cosa sencillita y sin matemáticas :)

Añadir tomas de aire al vehículo es una reforma de importancia de la carrocería, y como cualquier otra reforma de carrocería, es necesario homologarla.


Además, en cualquier caso está prohibido tocar la estructura del vehículo. Esto quiere decir que, por ejemplo, si haces agujeros en el capó para instalar la toma de aire, no puedes cortar los refuerzos o nervios del capó. Lo mismo se aplica si instalas una toma de aire en el techo del vehículo.

Repito por ser muy importante "Si tocas la estructura del vehículo, una homologación sencilla se puede convertir en un infierno". Vamos, no hagas nunca jamás lo que se ve en la fotografía (pulsa encima para ver una foto ampliada).

No hay que olvidarse de las tomas de aire en las aletas. Ya sean tipo branquias, ya sean aberturas en los aletines ensanchados, las aletas son parte de la carrocería, y por lo tanto hay que legalizar la reforma.

Un saludo.

09 septiembre 2005

Suspensiones

Comentábamos en un post anterior que "bajar" el coche es algo habitual para consguir un look más deportivo. El camino más normal para conseguir este efecto es cambiar las suspensiones. Vamos a comentar las dudas más habituales al respecto:

¿Tengo que legalizar los nuevos amortiguadores?
No. La sustitución de los amortiguadores no están considerados como una reforma de importancia.

¿Tengo que legalizar los muelles?
Si. La sustitución de muelles de suspensión está considerado como una reforma de importancia y es obligatorio homologar los nuevos muelles.
La buena noticia es que muchos fabricantes están haciendo muelles ya homologados. En AGERMOVIL te recomendamos comprar muelles que vengan homologados por el fabricante. Pueden ser un poco más caros al adquirirlos, pero al no tener que legalizarlos en realidad resultan más ecónomicos.
Hay que asegurarse de que traen el siguiente documento: "autorización de reforma de importancia generalizada". Este documento consiste en un par de hojas de explicaciones y una lista de vehículos y de los muelles que le corresponden a cada uno. Comprueba que aparece tu coche en esa lista y que le corresponden los muelles que te están vendiendo, porque es algo que van a comprobar en la ITV.

¿Es obligatorio cambiar los amortiguadores si cambias los muelles?
No. No es obligatorio pero si que es muy recomendable, sobre todo si los nuevos muelles "bajan" el coche, ya que los antiguos amortiguadores pueden no estar preparados para trabajar a la nueva altura, y pueden acabar fallando.

¿Se pueden homologar las suspensiones neumáticas?
Por supuesto que si. Solo debes asegurarte de que son de buena calidad, que te entreguen documentación sobre presiones y dimensiones, y de que te lo instala un profesional con buenos conocimientos.

¿Se pueden cortar los muelles para bajar más el coche?
No. De ninguna forma.

Tengo un vehículo todo terreno ¿puedo "subirlo" en lugar de bajarlo?
Si. Existen diferentes sistemas para elevar la altura del vehículo, dependiendo de si tu vehículo utiliza ballestas o muelles.

¿Y hay un límite para "subir" el vehículo?
Si, a partir de ciertas alturas el coche sería demasiado inestable y podría volcar lateralmente ante cualquier desnivel. Dado que esta altura es diferente para cada vehículo, te recomendamos que consultes directamente con nosotros en caso de hacer una reforma de este estilo.

Un saludo.

07 septiembre 2005

Ruedas equivalentes

Casi todos hemos oido que cuando unas ruedas son equivalentes, no es necesario homologarlas.

Según la ley, dos ruedas serán equivalentes cuando la diferencia de diámetros sea menor del 3% y además el índice de carga y el código de velocidad sean iguales o mayores que los originales. Además no deben modificarse los anchos de vías ni añadir separadores. Si tienes paciencia puedes estudiarte la ley de reformas aparecida en el B.O.E.

Si no comprendes algo del párrafo anterior, deberías repasar los posts anteriores donde explicamos las diferentes dimensiones de llantas y neumáticos.

¿Y con estas condiciones no es necesario homologar las ruedas?
Pues según la ley, no. Pero ten en cuenta que si no haces homologación, no te apuntarán las nuevas ruedas en la ficha técnica, y por lo tanto no figurarán como ruedas opcionales.
Y ya vamos viendo varios casos en que la policía ha multado a personas que llevaban neumáticos que no figuraban en la ficha técnica, aunque estos eran equivalentes a los originales.
Así que la decisión de homologar o no homologar la dejamos en tus manos...
Nosotros te recomendamos homologar y así poder circular tranquilo, sabiendo que pones todo de tu parte para ir con seguridad y sin miedo a las multas, que es de lo que se trata al final todo esto.

Un saludo.

06 septiembre 2005

Las ruedas (3)

Para acabar con el tema de ruedas, vamos a tocar los índices de carga y los códigos de velocidad y que significa la equivalencia de neumáticos.

Grabado en el neumático podrás ver un código similar a esto 88V, 92W... ¿qué significa?

El primer número es el índice de carga e indica la máxima carga que puede soportar el neumático. Los códigos representan las siguientes cargas:

71 - 345Kg .................. 72 - 355Kg
73 - 365Kg .................. 74- 375Kg
75 - 387Kg .................. 76 - 400Kg
77 - 412Kg .................. 78 - 425Kg
79 - 437Kg .................. 80 - 450Kg
81 - 462Kg .................. 82 - 475Kg
83 - 487Kg .................. 84 - 500Kg
85 - 515Kg .................. 86 - 530Kg
87 - 545Kg .................. 88 - 560Kg
89 - 580Kg .................. 90 - 600Kg
91 - 615Kg .................. 92 - 630Kg
93 - 650Kg .................. 94 - 670Kg
95 - 690Kg .................. 96 - 710Kg

Hay muchos más niveles de carga, pero en el tuning son poco habituales.
¿Y que índice de carga debemos utilizar? Es sencillo... coge la ficha técnica de tu coche, mira los valores de la Masa Máxima Autorizada por Eje (MMA 1º eje y MMA 2º eje). Coge el mayor de los dos, lo divides entre dos y escoges el índice de carga que esté justo por encima de ese valor.
Por ejemplo:
Seat Leon:
MMA 1 (Kg) 880
MMA 2 (Kg) 900
Cogemos el mayor
900/2 = 450 Kg
Esto quiere decir que necesitaremos un índice de carga de 80 o superior.

Para los códigos de velocidad ocurre otro tanto. Esta es la relación:

L - 120Km/h
M - 130Km/h
N - 140Km/h
P - 150Km/h
Q - 160Km/h
R - 170Km/h
S - 180Km/h
T - 190Km/h
U - 200Km/h
H - 210Km/h
V - 240Km/h
W - 270Km/h
Y - 300Km/h
Z (ZR) - más de 240Km/h

Así que tienes que escoger un neumático que pueda soportar por lo menos la máxima velocidad que alcance tu coche.

Un saludo

05 septiembre 2005

Las ruedas (2)

A parte del tema estético, lo primero que se debe considerar al comprar unas nuevas llantas son las dimensiones que se van a modificar. Ya nos hemos ocupado del diámetro en un post anterior.


Otra dimensión importante es el ancho de garganta, que es el espacio entre los bordes de la llanta donde se introduce el neumático. Creo que a todos nos resulta evidente que tiene que haber una relación entre el ancho del neumático y el ancho de garganta de la llanta. Lo que no es tan evidente es que también hay una relación entre el perfil y el ancho de garganta.
La fórmula que representa esta relación es sencilla:
Para perfiles iguales o superiores al 50%, el ancho de garganta será el 70% del ancho del neumático. Para perfiles menores del 50%, el ancho de garganta será el 85% del ancho del neumático. En ambos casos hay que redondear el resultado al entero más cercano.
Estos valores son solo aproximados, y diferentes fabricantes pueden recomendar diferentes medidas del ancho de llanta.


Y la última dimensión significativa es el desplazamiento o "ET". Esta es la distancia que separa el centro de la rueda del punto de anclaje entre la rueda y el eje (ver fotografía). Este punto de anclaje, puede quedar a un lado o al otro del centro de la rueda, provocando que el ancho de vías del vehículo se vea modificado. Esto es importante y debe ser tenido en cuenta, porque está prohibido que las ruedas salgan fuera de la carrocería, y es un punto que van a comprobar en la Inspección Técnica. También van a comprobar que el ancho de vías sea similar al que viene en la ficha técnica, por lo cual si montamos unas llantas con un ET muy diferente al original, tendremos que homologar el nuevo ancho de vías.


Esperamos seros de ayuda.

Un saludo.

02 septiembre 2005

Actualización en AGERMOVIL.COM

También hemos actualizado la galería de clientes con fotografías de las últimas homologaciones realizadas.

01 septiembre 2005

Actualización en AGERMOVIL.COM

Hemos actualizado la galería de fotografías de eventos en nuestra página web.
Visita nuestras galerías de eventos
Han sido inluidas las últimas concentraciones de Zuera, Pamplona, Valoria la Buena, Gorliz, GTI Tuning International, Madrid, Sierra Morena y Rueda.

Esperamos que las disfruteis y que os den buenas ideas para vuestros tuning.

Todos nuestros agradecimientos a TUNING-IMAGE por permitirnos usar sus siempre excelentes fotografías.

31 agosto 2005

Matrícula pequeña

En AGERMOVIL recibimos multitud de consultas referidas a la homologación de la matrícula pequeña (realmente se llama ordinaria larga delantera).

Solo podemos deciros que la matrícula pequeña no se puede homologar porque no es una reforma de importancia.

Entonces ¿Cuáles son las condiciones para poder instalarla?
Muy sencillo: puedes poner la matrícula pequeña cuando no puedas poner la matrícula normal.

¿Y las razones para no poder poner la matrícula normal?
Pues porque el diseño del paragolpes no lo permite, porque taparía alguna abertura de aireación y el motor se calienta... lo que se te ocurra.

Que quede claro: la validez de la matrícula pequeña depende en último extremo de la apreciación del agente de policía que te pare. Tú eres el responsable de instalarla y debes sopesar si la (dudosa) mejora estética que supone compensa todos los problemas (y probables multas) que vas a soportar.

Para más información, te recomendamos leer el artículo que publicamos al respecto en nuestra página web: matrícula pequeña en www.agermovil.com.

Un saludo

AGERMOVIL

17 agosto 2005

Bajar el coche

Bajar el coche es algo habitual cuando se quiere conseguir un perfil más deportivo para nuestro vehículo. Normalmente surgen una serie de dudas sobre este tema:


¿Cuánto puedo bajar el vehículo?
Por ley, solo hay una medida que nos indique el valor mínimo del la altura, y este es el "ángulo de ataque", que es el ángulo que forma la línea del suelo con la línea que va del punto de apoyo de la rueda delantera al borde inferior del paragolpes delantero (ver foto).
Este ángulo puede tener un valor mínimo de 5 grados.


Hay otros valores que, aunque no los indica la ley, resultan muy indicativos.
Por ejemplo, los bordes del foso de las I.T.V.s tienen una altura entre 9 y 10 centímetros. Si tu coche tiene los parachoques por debajo de esa medida, no podrás entrar en el foso sin romperlos, lo que implica que no podrás pasar la ITV. Todo un problema.

También deberías pensar en las rampas del garage y entradas a aparcamientos, pasos de cebra elevados, "montañas" de control de velocidad, etc...

¿Se pueden cortar los muelles para bajar más el coche?
No, no se puede. Está prohibido.

¿Hay que cambiar los amortiguadores si se ponen unos muelles más cortos?
No es obligatorio, pero si que es conveniente ya que el amortiguador va a soportar unas presiones mayores, para las que tal vez no esté diseñado.

¿Hay que homologar el cambio de muelles?
Si. La sustitución de muelles de suspensión es una reforma de importancia y por lo tanto deben homologarse.
Por suerte, actualmente muchas marcas de muelles vienen homologados por el fabricante. En AGERMOVIL te recomendamos que instales muelles homologados. Para asegurarte de que están homologados, deberán entregarte un documento llamado "autorización de reforma de importancia generalizada".

¿Hay que homologar el cambio de amortiguadores?
No. No es necesario ya que no se considera como reforma de importancia.

Esperamos haberos ayudado. Un saludo

AGERMOVIL

15 agosto 2005

Las ruedas

Al hablar de cambiar las ruedas hay un error muy común. La gente suele decir "tengo una llanta 16 y le he puesto una 17. Es solo una pulgada, así que serán equivalentes."
GRAN ERROR
La llanta va rodeada del neumático, que también se debe tener en cuenta a la hora de calcular la diferencia de tamaño entre dos ruedas.


¿Y cómo calculamos ese tamaño?
Supongamos un neumático 195/65 R15:
¿Que significa esto?
Pues quiere decir que nuestro neumático tiene 195 milímetros de ancho, que el trozo de neumático entre la llanta y el suelo (el perfil) mide el 65 por ciento de 195, y que la llanta es de 15 pulgadas....



¡¡¡Qué jaleo!!! ¿Cuál será entonces el diámetro de nuestro neumático?
Pues será 15 pulgadas más 2 veces el 65 por ciento de 195 milímetros. Dado que cada pulgada mide 25,4 milímetros tenemos que nuestra rueda mide
(15 x 25,4) + (2 x 0,65 x 195) = 634,5 mm

Mierda de matemáticas.... Supón que nos hemos encaprichado con una maravilla de llanta de 19 pulgadas ¿Podemos ponerla en nuestro vehículo con algún neumático?
Pues aquí tendremos que ir a prueba y error, ajustando con el perfil. Hagamos una prueba:
245/45 R19
(19 x 25,4) + (2 x 0,45 x 245) = 703,1 mm
Veamos la diferencia de tamaños: 703,1 / 634,5 = 1,108 que es un 10,8% mayor.

Dado que una rueda que sea mayor de un 6% respecto a la original es dificil de homologar, tal vez nos hemos pasado de tamaño. Juguemos con el perfil:
245/35 R19
(19 x 25,4) + (2 x 0,35 x 245) = 654,1 mm
La diferencia de tamaños será: 654,1 / 634,5 = 1,0308 que es un 3% mayor.
Justo en el límite, correcto, hemos conseguido una rueda con llanta de 19 pulgadas que es casi equivalente a nuestra rueda original.

¿Y tenemos que hacer todo esto cada vez que cambiamos la rueda?
Pues no. Aquí teneis unos cuantos enlaces a páginas que nos ayudarán a hacer estos cálculos automáticamente. Pero es bueno saber porqué son las cosas como son y que todo tiene una explicación.

AGERMOVIL Una sencilla calculadora que te da el porcentaje de aumento de la rueda.

Neumáticos on-line La lista definitiva de neumáticos, para saber si existe esa medida que has elegido

Teleneumático Calcula automáticamente que neumáticos son equivalentes al tuyo dado un tamaño de llanta.

Recuerda que para que una rueda sea equivalente, debe tener un índice de carga y velocidad igual o superior al de la rueda original. Además el ancho de garganta de la llanta tiene que ser adecuado al ancho del neumático

¿No sabes que es eso del índice de carga?¿Ni el ancho de garganta?
Este post ya es muy largo... lo explicaremos en otro post. Prometido.

Un saludo.

AGERMOVIL

12 agosto 2005

Lunas tintadas

"¿Tengo que homologar las lunas tintadas?"
No es necesario homologar las láminas solares de las ventanillas porque deben tener ya su homologación. Queremos decir que cuando instales las láminas oscuras, debes asegurarte de que están homologadas y que te dan algún certificado que lo garantiza.

"¿Puedo tintar las lunas delanteras / el parabrisas?"
No se puede tintar ni poner láminas solares en la luna delantera ni en las ventanillas laterales del conductor ni del acompañante. De ninguna forma. Está prohibido.

"Pero mi coche tiene una ventanita delante que me permite ver el retrovisor sin problemas"
No. Aún así no puedes tintar las lunas delanteras del vehículo.


Esperamos haberos ayudado.
Un saludo

AGERMOVIL

Alerón de aluminio

Esta es una de las preguntas mas habituales: ¿Puedo instalar en mi coche un alerón de aluminio?
La respuesta es: actualmente NO.
Lo sentimos mucho, pero los alerones traseros de aluminio están prohibidos desde hace algún tiempo. No se os ocurra circular con uno de estos alerones por ahí, porque la multa es segura.

¿Y los que ya lo habíamos homologado cuando todavía se podían legalizar?
Una pregunta sencilla con una respuesta complicada.
En principio el alerón es legal puesto que está homologado, pero puede haber (a)gente(s) por ahí que no estén de acuerdo y decidan que no se debe circular con ese elemento. Esto ya nos ha ocurrido, y en este caso poco se puede hacer, aparte de recurrir la multa y esperar a ver si la administración nos da la razón.

Un saludo

AGERMOVIL

Un nuevo servicio

AGERMOVIL, como empresa lider de España en la homologación de reformas de importancia de vehículos, quiere ofrecer a sus clientes y a todos los interesados en el tema, un nuevo servicio de consultoría.

En estas páginas iremos dando información sobre la legalización de reformas en España. Dudas, novedades, cambios en la legislación o aparición de nuevos productos. Todo esto y algunas curiosidades serán el contenido principal.

Esperamos vuestras visitas, comentarios y preguntas.

Un saludo