07 septiembre 2005

Ruedas equivalentes

Casi todos hemos oido que cuando unas ruedas son equivalentes, no es necesario homologarlas.

Según la ley, dos ruedas serán equivalentes cuando la diferencia de diámetros sea menor del 3% y además el índice de carga y el código de velocidad sean iguales o mayores que los originales. Además no deben modificarse los anchos de vías ni añadir separadores. Si tienes paciencia puedes estudiarte la ley de reformas aparecida en el B.O.E.

Si no comprendes algo del párrafo anterior, deberías repasar los posts anteriores donde explicamos las diferentes dimensiones de llantas y neumáticos.

¿Y con estas condiciones no es necesario homologar las ruedas?
Pues según la ley, no. Pero ten en cuenta que si no haces homologación, no te apuntarán las nuevas ruedas en la ficha técnica, y por lo tanto no figurarán como ruedas opcionales.
Y ya vamos viendo varios casos en que la policía ha multado a personas que llevaban neumáticos que no figuraban en la ficha técnica, aunque estos eran equivalentes a los originales.
Así que la decisión de homologar o no homologar la dejamos en tus manos...
Nosotros te recomendamos homologar y así poder circular tranquilo, sabiendo que pones todo de tu parte para ir con seguridad y sin miedo a las multas, que es de lo que se trata al final todo esto.

Un saludo.

No hay comentarios: