14 enero 2008

Seguro de Automóvil

En el Decreto 632/1968, de 21 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 122/1962, de 24 de diciembre, sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, dentro del Capitulo II, Sección 1del deber de suscripción del seguro obligatorio, Articulo 2, punto 1se recoge lo siguiente:

1. Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España vendrá obligado a suscribir un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio...

Ahí ya queda claro el deber de asegurar nuestro vehículo. En cuanto a el efecto del incumplimiento de este deber se refiere el articulo 3 de este mismo decreto de la siguiente manera:

El incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará:

a. La prohibición de circulación por territorio nacional de los vehículos no asegurados.
b. El depósito del vehículo, con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro.

Y además en el punto "c" de este mismo articulo recoge la sanción prevista con independencia de si el vehículo circula o no: Sanción pecuniaria de 100.000 a 500.000 pesetas de multa graduada según que el vehículo circulase o no, la categoría del mismo, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.

Consejos para contratar el seguro de tu automóvil

Intente siempre consultar diferentes compañías y comparar servicios ofrecidos y tarifas.

En el momento de comprobar las condiciones de una póliza, tenemos que leer detenidamente todo el documento, consultando si desconocemos algún término o cláusula.

Es importante que nos quede claro cuál es la cobertura real del seguro, así como las posibles exclusiones.

Cuando a partir de una póliza estándar se negocien nuevas condiciones, deberemos exigir la constancia de todos los cambios en el documento.

Comprobar que la poliza recoge por escrito las bonificaciones o recargos en caso de siniestralidad.

A la hora de elegir el tipo de seguro (básico, con franquicia, a todo riesgo, etc.) resulta adecuado contemplar las necesidades específicas de cobertura, especialmente, la experiencia del conductor y el uso que se le da al vehículo.

Si seleccionamos un seguro a todo riesgo, deberemos informar sobre todos los accesorios y extras que queremos incluir en el contrato.

Cuando las coberturas entre diferentes compañías son las mismas nos fijaremos no sólo en el precio del primer año, sino en lo que habrá que pagar en los siguientes.

Infórmese sobre el proceso que sigue la compañía aseguradora para arreglar los coches siniestrados. Muchas tienen talleres concertados para llevar a cabo las reparaciones.

Si necesitas contratar un seguro a un precio increiblemente competitivo, puedes dirigirte a nuestra página web y rellenar el formulario para solicitar información.

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